Domingo 5 de Septiembre de 2010
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Los aspirantes a senadores juveniles deberán elaborar un anteproyecto de ley, de resolución, de comunicación o de declaración; cualquiera sea el tipo de proyecto que se elija, debe reflejar una necesidad de la comunidad en la que habitan. En cuanto a la estructura, se debe recordar que primero se desarrollan los fundamentos y luego el proyecto en sí.
Los proyectos deben contener los siguientes puntos:
Carátula: Nombre de la Institución, Domicilio, Teléfono, Localidad y Departamento, Nombre de los Autores, Docente Asesor, Curso y Año.

Denominación del Proyecto: que indique mediante un título el objetivo del proyecto. Este no se debe confundir con el enunciado de un problema, ni considerarlo como equivalente a la solución del problema.

Fundamentación: aquí hay que presentar los criterios y/o razones que justifican la realización del proyecto. Hay que explicar la prioridad y urgencia del problema para el que se busca solución, justificando por qué este proyecto es la propuesta de solución más adecuada o viable para resolver el problema.
Puntos a tener en cuenta que pueden ayudar a la fundamentación:

- Cuál es la naturaleza y urgencia del problema que se pretende resolver.
- Qué prioridad se concede a la solución de este problema.
- Justificación del proyecto en si.

Objetivos: se trata de indicar el destino del proyecto o los efectos que se pretenden alcanzar con su realización. La buena formulación del objetivo principal y de los objetivos específicos, es garantía de elaborar un buen proyecto.

Desarrollo del tema.

Conclusión.

La propuesta legislativa debe estar contemplada en el proyecto, pudiendo estar incluida en la conclusión o en un apartado final.

Anexos: encuestas, entrevistas, fotografías, recortes periodísticos, etc.

Bibliografía.

Índice.
Características del formato de los Proyectos:
- Hoja A4 color blanco.
- Extensión: 8 carillas como mínimo y 16 como máximo.
- Tipografía: Arial de cuerpo 12.
Interlineado 1,5.
Marginado: izquierdo 4, derecha, superior e inferior 3.
A los efectos de la presentación oral de los trabajos en la instancia departamental, la comisión organizadora permite para la exposición solamente:
- Material Gráfico, como fotos láminas, planos.
- Filmaciones en video casete, cuyo tiempo no puede exceder conjuntamente con la exposición oral los 10 minutos del tiempo permitido; estando a cargo del equipo contar e instalar la tv y la video. Se prohíbe el uso de power point.
Instancia departamental
Instancia provincial
Proyecto de Ley
Proyecto de Resolución
Proyecto de Declaración
Proyecto de Comunicación